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Para aclarar un poco qué tipo de obras son deducibles en la declaración de IRPF del 2011 e intentar poner un poco de luz ante las dudas de los contribuyentes, hemos preparado el siguiente documento que transcribimos a continuación.

Las obras pueden ser tanto en la propia vivienda como en los elementos comunes del Edificio o Comunidad de Propietarios.

Si desconoce las obras realizadas en su Comunidad, consulte a su Administrador.

Esperamos que sea de utilidad a la hora de confeccionar su declaración de IRPF

DEDUCCION POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDA EN LA DECLARACION DE IRPF

 Ámbito temporal de la deducción

Obras satisfechas y ejecutadas, desde  el 14 de Abril de 2010 hasta el 6 de Mayo de 2.011, en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre.

Obras satisfecha y ejecutadas, desde el 7 de Mayo de 2.011 hasta el 31 de Diciembre de 2.012, en cualquier vivienda propiedad del contribuyente o en el edificio en la que ésta se encuentre.

Ámbito objetivo de la deducción.

Las obras realizadas que permiten beneficiarse de la deducción deben tener por objeto:

 La mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y estanqueidad de los edificios.

Dan derecho a la deducción, entre otras

Instalación de paneles solares, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por las viviendas, en un porcentaje, al menos, del 50 % de la contribución mínima exigible para edificios nuevos.

Mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética, mediante actuaciones como el incremento del aislamiento térmico, la sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, u otras.

Cualquier mejora en los sistemas de instalaciones térmicas que incrementen su eficiencia energética o la utilización de energías renovables.

Mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua y, así como la realización de redes de saneamiento separativas en el edificio que favorezcan la reutilización de las aguas grises en el propio edificio y reduzcan el volumen de vertido al sistema público de alcantarillado.

Cuantas otras sirvan para cumplir los parámetros establecidos en los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación de ahorro de energía,  Salubridad, y  protección contra el ruido.

Cualquier intervención sobre los elementos estructurales del edificio tales como muros, pilares, vigas y forjados, incluida la cimentación, que esté destinada a reforzar o consolidar sus deficiencias con objeto de alcanzar una resistencia mecánica, estabilidad, y aptitud al servicio que sean adecuadas al uso del edificio.

Las instalaciones eléctricas, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.

Cualquier intervención sobre los elementos de la envolvente afectados por humedades, como cubiertas y muros, de forma que se minimice el riego de afección al edificio y a sus elementos constructivos y estructurales, por humedades provenientes de precipitaciones atmosféricas, de escorrentías, del terreno o de condensaciones.

También dan derecho a la deducción las obras de adaptación de las viviendas a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años.

La instalación de ascensores o adaptación de los mismos a las necesidades de personas con discapacidad o a las nuevas normativas que hubieran entrado en vigor tras su instalación.

La instalación o mejora de rampas de acceso a los edificios, adaptadas a las necesidades de personas con discapacidad.

La instalación o mejora de dispositivos de acceso a los edificios, adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial.

La instalación de elementos de información que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores de manera que las personas tengan una referencia adecuada de dónde se encuentran.

Las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente.

 

Importante: No darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

 

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Subidos al Despacho 24 horas los Balances de las Comunidades correspondientes al mes de Febrero de 2012.

Puede consultarlos accediendo con su clave privada.

Se han enviado por correo electrónico a aquellos propietarios que nos han facilitado su e-mail para esta finalidad.

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Subidos al Despacho 24 Horas los Balances de las Comunidades de Propietarios correspondientes al mes de Enero de 2.012.

Puede consultarlos accediendo con su clave privada.

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Enviados los Balances de las Comunidades de Propietarios correspondientes al mes de Enero de 2012 por correo electrónico a aquellos propietarios que nos han facilitado su e-mail para esta finalidad.

 

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Enviados los Balances de las Comunidades de Propietarios correspondientes al mes de Noviembre de 2011 por correo electrónico a aquellos propietarios que nos han facilitado su e-mail para esta finalidad.

Revisen sus bandejas de entrada

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Subidos al Despacho 24 Horas los Balances de las Comunidades de Propietarios correspondientes al mes de Noviembre de 2.011.

Puede consultarlos accediendo con su clave privada.

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CAPACIDAD JURIDICA DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

 

Conforme a la legislación vigente, las Comunidades de Propietarios no tienen personalidad jurídica propia y siempre tienen que actuar representadas por su Presidente, que es quién conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, ostenta su representación legal.

 

Por primera vez, una norma, el Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio, otorga a las Comunidades de Propietarios “plena capacidad jurídica”.

 

Artículo 20. Actuaciones a cargo de comunidades y agrupaciones de comunidades de propietarios y cooperativas de rehabilitación.

1. Las comunidades y las agrupaciones de comunidades de propietarios podrán, previo acuerdo válidamente adoptado conforme a la legislación de propiedad horizontal:

a) Actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias, relacionadas con el cumplimiento de los deberes de conservación, mejora y regeneración, así como con la participación en la ejecución de actuaciones aisladas o conjuntas, continuas o discontinuas, que correspondan.

 

Este ha sido siempre un gran caballo de batalla de los Administradores de Fincas Colegiados, quienes nos encontramos habitualmente con la dificultad para realizar obras en las Comunidades de Propietarios, no pudiendo acceder a financiación bancaria debido a carecer la Comunidad de capacidad jurídica para formalizar el crédito o préstamo.

Una gran noticia que esperemos tenga su aplicación práctica, aunque dada la situación financiera actual, no es un buen momento de entablar conversaciones con los Bancos para obtener financiación para una Comunidad de Propietarios.

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Publicados los Balances de Ingresos y Gastos de las Comunidades de Propietarios  correspondientes al mes de Octubre de 2.011 en la oficina virtual  Despacho 24 Horas.

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Remitidos los Balances de las Comunidades  correspondientes al mes de Octubre 2.011 por correo electrónico a los propietarios que nos han facilitado su e-mail para esta finalidad

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Remitidos los Balances de las Comunidades  correspondientes al mes de Septiembre 2.011 por correo electrónico a los propietarios que nos han facilitado su e-mail para esta finalidad

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